Adaptación de la jornada de trabajo

Estimados compañeros/as.

Una de las modificaciones que se hicieron del Estatuto de los Trabajadores y que ha pasado un tanto desapercibido, es la adaptación de la jornada laboral para poder compatibilizar trabajo y vida personal. Esta adaptación puede ser tanto en adaptación de nuestro horario, como en la forma en la que trabajamos (a distancia por ejemplo).

Por ejemplo si tienes hijos y necesitas estar con ellos por la tarde, puedes solicitar trabajar por las tardes desde casa sin la necesidad de tener que pedir una reducción de jornada con la consiguiente reducción de salario, que no todos los trabajadores se pueden permitir, sobre todo teniendo en cuenta los salarios tan paupérrimos que paga Indra.

Podríamos también pedir redistribuir nuestro horario (entrando antes o después) para permitir la conciliación, incluso tener jornada continuada de lunes a jueves, por ejemplo de 7:30 a 16:00 con una parada de 30 minutos.

El paso para solicitar este derecho es enviar un escrito a la empresa solicitando el cambio por adaptación de la jornada, la empresa tiene la obligación de responder en 30 días, aceptando, proponiendo una alternativa o rechazando la solicitud.

Es importante indicar que ahora el trabajador puede demandar la decisión de la empresa si no la considera el trabajador acorde a sus necesidades.

Si tenéis cualquier duda, o comentario al respecto, no dudéis en escribirnos o comentarlo con cualquiera de los delegados de Co.Bas.