Resolución de la demanda para comedor en nuestro centro


Compañeras y compañeros.

Ya tenemos resolución de la demanda sobre el conflicto de los comedores y, como no podía ser de otra manera, hemos ganado y el juez ha estimado la demanda que habíamos presentado, condenando a la empresa a:
    
    "...instalar un comedor en el que los trabajadores afectados puedan realizar sus comidas a un precio módico, todo ello en los términos previstos en el Decreto de 8 de junio de 1938 y la Orden Ministerial de desarrollo de 30 de junio de 1938"
    
El camino ha sido largo; hemos encontrado muchas piedras en él, pero al final se hace justicia y por fin conseguimos que los trabajadores y trabajadoras de Badajoz tengamos los mismos derechos que otros compañeros y compañeras de Indra.

Debemos agradecer a nuestras abogadas el esfuerzo realizado para conseguir esta resolución así como a todos vosotros y vosotras: vuestra implicación cuando hemos necesitado las firmas, vuestra información de residencia, así como vuestro apoyo.

Sabemos que la empresa recurrirá la sentencia, ya lo está haciendo en otro centros; seguiremos luchando hasta que les dobleguemos y nos le quede más remedio que cumplir la ley. 

Mientras tanto, disfrutaremos de esta pequeña victoria.

Celebración juicio comedor


Estimados compañeras y compañeros

Os comunicamos que el lunes 13 de marzo se ha celebrado por fin el juicio sobre nuestra demanda a la empresa para que cumpla la ley en nuestro centro y tengamos un comedor, tal y como tienen en otros centros de Indra.

A este juicio compareció el Presidente del Comité de empresa como demandante; en la labor de representación del Comité le acompañamos también otros delegados de Co.Bas., no haciendo acto de presencia miembros de ningún otro sindicato o Sección Sindical.

La empresa se ha escudado prácticamente en las mismas razones que en anteriores juicios sobre comedores, argumentando que:
  • Es una ley antigua y no tiene validez.
  • Ya se puede comer por un precio módico en los alrededores.
  • Tenemos flexibilidad de horario en la comida.

Por parte de la empresa acudió a testificar la directora de nuestro centro, quien a preguntas del abogado de la empresa indicó que:
  • El censo del centro es de 248 trabajadores.
  • El comedor es usado por entre 110-130 trabajadores
  • En la universidad se puede comer a precios módicos, sobre los 5€.

Evidentemente, desde Co.Bas entendemos que el nuestro no debe ser un centro de segunda, y que sus trabajadores deben tener los mismos derechos que los de otros centros. Esperamos que se haga justicia y tener una sentencia favorable en este sentido. 

En cuanto tengamos la resolución os informaremos, pero, sea cual sea el resultado, desde Co.Bas. seguiremos luchando por los derechos de todos nuestros compañeros.

Si tenéis cualquier duda, podéis poneros en contacto con nosotros.

Un saludo

Fecha juicio demanda comedores

Compañeros y compañeras.

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Os informamos de que el juicio para la implantación de un comedor en nuestro centro se celebrará el próximo día 
13 de marzo a las 10:30 horas en el juzgado de lo Social número 4 de Badajoz.

Parece que finalmente se va a celebrar este juicio que tanto llevábamos esperando, lo cual ha sido posible gracias a que el respaldo legal contratado por nuestra Sección Sindical no puede recibir presiones externas de nuestro sindicato ni ningún otro puesto que somos los únicos interlocutores. Es decir, sus actuaciones dependen únicamente de nuestras (y vuestras) decisiones.

Cualquier información que tengamos os la haremos llegar.
Saludos

Resumen juicios reclamaciones Categoría Profesional

Compañeros y compañeras,

Son ya varios los juicios que se han celebrado de reclamación de categoría profesional y consideremos necesario hacer público lo que hemos visto y oído en esos juicios.

Hemos presenciado como por parte de la empresa han testificado gestores en contra de los trabajadores. Os listamos una selección de las "lindezas" con que nos deleitaron mientras testificaban:

  • "Nadie en todo el centro de trabajo de Badajoz realiza análisis: los análisis y los (documentos) funcionales vienen todos hechos de fuera".

  • "Hacemos análisis pero todos tenemos que analizar durante todo el día, es una tarea que todos tenemos que hacer."

  • "Las tareas de JIRA de tipo análisis se refieren al análisis de nuestro propio trabajo; en ningún caso se refieren a tareas correspondientes a la categoría profesional  'analista' definida en nuestro Convenio."

  • "El trabajo desarrollado por el trabajador fue muy malo y por eso se le relevó de sus funciones de categoría superior".

Además, algunos de estos gestores a requerimiento de la empresa han aportado documentos firmados por ellos atestiguando que las tareas realizadas por nuestro compañero no corresponden a dicha categoría de Analista-Programador.

En definitiva, hemos tenido que presenciar como sin ningún pudor gestores de este centro han defendido en un juicio que en esta factoría no se realizan tareas de análisis, es decir, ni de Analista ni de Analista-Programador.

Para terminar, cuando ya creíamos que no podían sorprendernos (negativamente) más aún, la abogada de la empresa nos "regaló" en su alegato final algunas "perlas" dignas de mención y que compartimos a continuación con vosotros:

  • Que los testimonios de los representantes sindicales no son válidos porque son interesados.

  • Que la declaración de uno de los testigos del demandante, compañero del trabajador y representante sindical, tenía intereses particulares en que el juez aprobara la demanda para que se sentara precedente y tener así más probabilidades ese testigo de ganar una futura reclamación de categoría.

  • Que el acuerdo prejudicial alcanzado entre la empresa y un miembro del Comité de Empresa hace meses ya para que le fuera reconocida su categoría profesional se debió no a la contundencia de las pruebas aportadas por el trabajador en su demanda sino a una estrategia de la empresa para evitar un ambiente de crispación con la Representación Legal de los Trabajadores.

  • En esta empresa existen dos clases de trabajadores, los gestores y los programadores.

Todos sabéis la realidad de nuestro centro, no os la tenemos que contar. Muchos de vosotros hacéis tareas de análisis (requisitos funcionales, diseños técnicos, diseño de pruebas, etc...).

Nosotros siempre prestaremos apoyo y servicio a cualquiera de nuestros compañeros, ya sea ayudándole en una reclamación de categoría profesional o en cualquier otra cosa que necesite, pero jamás ninguno de nosotros seremos esbirros de la empresa, dispuestos a hacer cualquier cosa en contra de los intereses de sus compañeros y en favor de los de la empresa y los suyos propios.

Compañera, compañero, la empresa demuestra una vez más que no tiene ningún interés en respetar nuestros derechos, que prefiere seguir vulnerando nuestras condiciones laborales y que usará todos los medios a su alcance para seguir haciéndolo. 

¿¿Hasta cuándo vamos a permitir estos atropellos??

No olvidéis quien está al servicio de la dirección y quien está a vuestro servicio.

“El engaño es una elección, no un error”
Paulo Coelho

Nuevo episodio de ofertas de trabajo

Compañeras y compañeros

¿Te preocupa que tras la próxima evaluación de Indra tu salario siga siendo un salario de miseria?

¿Eres de los que se plantean salir fuera de Indra pero aún no te has lanzado a dar el paso?

Afortunadamente, existen soluciones que concilian el recibir un salario digno, o al menos más digno que el que recibes en Indra, con la ventaja de no tener que cambiar de puesto de trabajo. Las siguientes ofertas te proponen eso, seguir en tu mismo puesto, con tus mismos compañeros, haciendo lo mismo que haces.... pero ganando 5 o 6 mil euros brutos más al año: ¿qué te parece?
 

Evidentemente, lo anterior solo es una broma... una broma de mal gusto, lo reconocemos. 

Estas ofertas no están a tu alcance, trabajador de Indra

Sabemos que cumples los perfiles solicitados, que ya conoces al cliente, el proyecto, el entorno, etc, y que por ti no hay que asumir el riesgo que supone contratar una persona de la que nada se sabe y que además supondrá a la empresa un coste muy superior al de tu subida de salario... pero no, Indra prefiere que esos sueldos sean para otros; prefiere emplear su dinero en "regalarlo" a una empresa externa en lugar de beneficiar a sus propios trabajadores reconociéndoles la buena labor que muchos de vosotros lleváis desempeñando durante años. 

Un trabajador externo que cobre, pongamos, 23000 euros, ¿qué coste tiene para Indra, teniendo en cuenta que la empresa externa tiene que tener un beneficio? El mínimo es el doble del salario bruto ofrecido al trabajador, a veces más, y en los "buenos tiempos" hasta de 3 o 4 veces.

No nos duele que contraten a personas de fuera; es lo normal en un mercado de trabajo abierto. Es lógico salir "fuera" a buscar lo que no se tiene "en casa", pero, en este caso, ¿qué esperan encontrar?

¿Qué opinas sobre todo esto?  Déjanos tus comentarios en cobasbadajoz@gmail.com

Resolución de Inspección de Trabajo sobre ofertas de empleo

Compañeras y compañeros.

El pasado 4 de octubre de 2016 la Sección Sindical de Co.Bas. interpuso una denuncia en Inspección de Trabajo debido a que la empresa estaba realizando un proceso de selección para nuevas contrataciones incumpliendo el artículo 12 del XVI Convenio Colectivo de las TIC, en el cual se especifica que los procesos de selección deben hacerse públicos mediante una comunicación al Comité de empresa y que los trabajadores de la propia empresa tienen que tener derecho a optar a esos nuevos puestos, derecho que no pueden ejercer si desconocen la existencia de nuevas ofertas de trabajo en su oficina.

Sí, normalmente la empresa publica esas ofertas en la Indraweb, pero si no informa ni a las RLTs (como está obligada por ley) ni a los trabajadores, nos está obligando a consultarlo diariamente, haciéndonos perder el tiempo tontamente.

El 11 de noviembre de 2016 compareció ante Inspección de Trabajo la representación de la empresa aportando la documentación que le fue requerida. Esta documentación hacía ver a la inspectora que la empresa solamente pretendía nutrir su base de datos para futuras necesidades de la empresa, es decir, que querían solamente crear una bolsa de CV, y así nos lo ha comunicado la Inspección de Trabajo en la resolución de la denuncia que nos ha remitido.

Con este ejemplo podemos ver claramente que la empresa no tiene ningún pudor en faltar a la verdad tanto ante los trabajadores como ante Inspección de Trabajo: todos sabemos que la intención de la empresa era paliar la gran cantidad de bajas que hemos sufrido, incluso en este comienzo de año se han realizado 5 nuevas contrataciones.  

Desde Co.Bas. queremos haceros saber la actitud de la empresa hacia todos sus trabajadores, no solo tergiversando los hechos según le conviene sino contratando a personal con un sueldo precario e indignante que apenas supera los 11.000€. Con contrataciones de este tipo ¿qué pueden esperar los trabajadores que tengan un sueldo algo más digno? Pues subidas 0% y ver peligrar sus puestos de trabajo en pos de nuevos contratos basura.

Con estos mimbres es normal que la única vía que vean los trabajadores de este centro sea marcharse a otras empresas donde al menos poder percibir un salario digno y donde, quizá, les tomen menos el pelo.

Co.Bas. no va a dejar de luchar por lo derechos de todos y denunciaremos siempre que sea necesario, ya sea en Inspección de Trabajo o públicamente, cualquier actitud deplorable de la empresa. 

Os mantendremos informados, como no puede ser de otra manera, de cualquier novedad en relación a este tema.
Si tienes alguna duda o comentario puedes hacérnosla llegar a cobas-isl-badajoz@gmail.com.

Trabajar en días inhábiles: cosas a tener en cuenta

Compañeros y compañeras.
 
Como bien sabéis varios gestores ya han comunicado a los compañeros de algunos proyectos que tendrán que trabajar en días inhábiles de Navidad, produciéndose una alteración de la jornada.

Desde Co.Bas. queremos dejaros claro que estos cambios deben estar debidamente justificados y no se han de camuflar ni la falta de previsión en la gestión de los proyectos ni los "caprichos" de los clientes con la típica excusa de "necesidades del proyecto".

También queremos indicaros que esos días inhábiles son no laborables porque si lo fueran superaríamos el máximo legal de la jornada anual de 1800 horas anuales establecida en el Estatuto de los Trabajadores: por lo tanto, las horas trabajadas esos días deben ser consideradas horas extra y como tales deberían compensarse.

Aprovechamos para recordarte que, en caso de ser una compensación en tiempo de descanso, en el Convenio se especifica claramente que dicho descanso debe tener un incremento de al menos el 75% sobre la hora trabajada, o sea, 1'75 días de descanso por día inhábil completo trabajado, pudiendo incluso negociarse un porcentaje superior.

No sólo eso, sino que además el trabajador puede negarse a realizar dichas horas extra como en cualquier otro caso si la compensación ofrecida por la empresa no le parece suficiente, o bien si simplemente no se desea trabajar ese día sea cual sea la compensación ofrecida.

Por supuesto, si quieres hacernos llegar alguna sugerencia o pregunta sobre este o cualquier otro asunto no dudes en ponerte en contacto con nosotros: os atenderemos con la mayor rapidez y diligencia posibles.